El fallo hizo lugar a la apelación que presentó el sublema Avanzar San Luis. Videla no fue autorizado porque no vive en San Luis.
El Tribunal Electoral Provincial resolvió que el intendente de Juana Koslay, Jorge “Toti” Videla no podrá ser candidato al mismo cargo en la Ciudad de San Luis porque “no cumple con el requisito de residencia inmediata y efectiva de tres años en el Municipio de San Luis, según lo exige el art. 267 inc. 3) de la constitución provincial y el art. 7 de la ley XII-0349-2004, de Régimen Municipal”.
El fallo, que lleva la firma del presidente del Tribunal Electoral Provincial, Dr. Jorge Alberto Levingston y de los vocales Dr. Javier Ayala Vocal y Dr. Fernando de Viana, declaró que el candidato a Intendente, del SubLema “Empatía y Trabajo”, perteneciente al Lema “Unión Por San Luis”, Jorge Pedro Donato Videla, no reúne el requisito de residencia residencia en los términos del art. 267 inc. 3) de la Constitución Provincial.
Entre los fundamentos expuestos en el Fallo se tuvo en cuenta la apelación que hizo el candidato a intendente del sublema Avanzar de lema Cambia San Luis, Gastón Hissa, junto a su apoderada, contra la Resolución de la Juez Electoral de fecha 15 de abril de 2023, que dispuso oficializar y registrar la candidatura de Videla.
En ese sentido, Hissa alegó “que el candidato impugnado no reúne los requisitos constitucionales para ser candidato a Intendente Municipal de la Ciudad de San Luis, y que la Juez tuvo a la vista todos los elementos probatorios para así declararlo y no lo hizo, por lo que emitió una decisión meramente voluntarista, basada en construcciones argumentales irrazonables y contradictorias”.
Una de las pruebas presentadas en la apelación fue la copia certificada de la declaración jurada con fecha 23 de junio de 2021 que suscribió Videla para acreditar “residencia” que le permitió competir y posteriormente resultar electo jefe comunal de Juana Koslay.
Además, el fallo también da cuenta que el 24 de abril de 2023, el Procurador General, Luis Martinez se expidió y “se manifestó por la improcedencia del recurso y la habilitación del candidato.
Fuente: ZB