La Cámara de Diputados aprobó el proyecto “Compre sin IVA” antes de abordar la ley de alquileres, que ya tenía media sanción del Senado. A pesar de la intensidad de los acontecimientos en la coyuntura nacional y global, la sesión resultó trabada y tensionada. Finalmente, el proyecto fue aprobado con 134 votos a favor, 0 en contra y 107 abstenciones del bloque de JxC.
El proyecto “Compre sin IVA,” una iniciativa de Sergio Massa como ministro de Economía, busca reintegrar el 21% del IVA de compras realizadas en comercios minoristas y mayoristas con tarjeta de débito asociadas a entidades financieras, con un tope de hasta $18,800 mensuales. Esta medida se aplicará a nivel nacional.
Carlos Heller, presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, destacó que la devolución del IVA no debería generar un aumento en los precios, ya que se trata de una medida administrativa de la AFIP. En contraste, el bloque de Juntos por el Cambio expresó su rechazo al proyecto, argumentando preocupaciones sobre el déficit fiscal y la inflación.
El proyecto también cuenta con apoyos fuera del oficialismo, como el del diputado Javier Milei y Graciela Camaño, quienes enfatizaron la importancia de apoyar el acceso económico y físico a alimentos nutritivos para promover la seguridad alimentaria.
Además de la aprobación del proyecto “Compre sin IVA,” la Cámara de Diputados aprobó la creación del Programa Argentina Inclusiva, que propone un Régimen de Capacitación en Discapacidad.
El proyecto “Compre sin IVA” detalla que los beneficiarios del reintegro del IVA serán jubilados, pensionados, beneficiarios de asignaciones sociales, empleadas domésticas, aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y trabajadores en relación de dependencia cuyos ingresos no superen seis veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
El reintegro se aplica a compras de bienes relacionadas con la Tarjeta Alimentar y el Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local-Potenciar Trabajo, con un tope mensual de $18,800.
El proyecto también otorga facultades a la AFIP para ampliar el listado de beneficiarios y el monto máximo de reintegro mensual. Se excluyen del beneficio aquellos sujetos que perciban otros ingresos gravados en el Impuesto a las Ganancias y estén inscritos en el Sistema Integrado Previsional Argentino como trabajadores autónomos.