Teresa Cappiello, directora General de Hacienda Pública, se refirió en conferencia de prensa al Proyecto de Ley Impositiva Anual 2025 que ya fue presentado en la Legislatura provincial para su tratamiento. También dio detalles del Proyecto de Adhesión al Régimen Nacional de Regularización de Activos.
“La Ley Impositiva es la que va a determinar cómo se ingresan los impuestos el año que viene. Ofrece algunos cambios y diferentes alternativas para los contribuyentes, porque ahora establecimos lo que llamamos el ‘buen cumplidor’ o el ‘cumplidor fiscal’, con lo que van a cambiar los parámetros y los beneficios a otorgar”, dijo Cappiello, quien agregó que “el ‘buen cumplidor’ va a tener un descuento del 30% en el impuesto por cada auto o cada inmueble que posea. Pero a su vez si tiene varios autos o varios inmuebles y ha pagado en tiempo y forma, se le va a sumar un adicional del 10%, por lo que la bonificación llegará al 40%”.
También confirmó que seguirá la bonificación del 30% por pago contado en el mes de marzo, tanto para el impuesto automotor como para el inmobiliario.
La funcionaria detalló que “quienes se acogieron a la moratoria van a tener los beneficios, pero serán de un 15% más un 5%. Y en cuanto a los jubilados, aquellos que cobren hasta dos haberes mínimos, van a tener una exención del 100% en el impuesto inmobiliario a partir del 31 de diciembre de este año”.
Cappiello aseguró que el porcentaje que se aplica sobre el valor del bien para calcular el impuesto no se va a modificar. “Lo que sí se modifica es el valor de los bienes, del auto o del inmueble, porque en la Argentina hay inflación. Nosotros siempre esperamos hasta noviembre o diciembre para establecer dicho valor, a través de resoluciones que dicta la dirección de Catastro y la de Ingresos Públicos”, explicó.
En cuanto al impuesto sobre los ingresos brutos, la nueva ley establece una cuota general. “Veníamos trabajando con tres alícuotas, la general, la reducida y la bonificada, ahora iremos hacia una alícuota general y una especial para los individuos o algunas actividades que requieren un tratamiento social. Por ejemplo, el transporte, pequeñas empresas, algunas actividades farmacéuticas, droguerías, que ya tenían un tratamiento diferencial en la Ley de Higiene”, aclaró.
En cuanto al Proyecto de Adhesión al Régimen Nacional de Regularización de Activos, que comúnmente conocido como ‘blanqueo’, dijo que “da posibilidades a quienes por alguna razón no están dentro de la normalidad en lo que se refiere a la determinación de ingresos o de ganancias, de incorporarse al sistema. Consideramos que son armas muy importantes desde el punto de vista tributario”. La Directora fue clara en que “una de las principales cuestiones es que los montos a incorporar no provengan de actividades ilícitas. Por eso se pide toda la documentación que acredite cuál es el origen de ese dinero”.
Las provincias lo que hacen es adherirse al régimen nacional. “Por los montos que se blanqueen en la provincia de San Luis no van a pagarse ni impuestos sobre los ingresos brutos ni el de sellos. No hay un tope inicial de blanqueo mínimo y no basta gestionar el blanqueo a nivel nacional, hay que venir a adherirse a la provincia para tener la exención impositiva, que sí o sí tiene que ser por ley, porque es la que le otorga al Poder Ejecutivo las atribuciones para reglamentar el blanqueo. Los interesados deberán presentar en San Luis la misma documentación que entregaron a nivel nacional”, cerró.
Fuente: ANSL.